Animales Potencialmente Peligrosos

Para poseer animales potencialmente peligrosos se necesita obtener una licencia administrativa, otorgada por la autoridad municipal.

Documentación necesaria

  1. DNI
  2. Fotografía tamaño carnet
Doberman

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En nuestro Centro médico podrás realizar las pruebas médicas y psicológicas exigidas por la ley para poseer uno de estos animales. Una vez realizadas, emitiremos el certificado de capacidad física y de aptitud psicológica, que deberá llevar adherida una fotografía reciente del interesado y en el que se harán constar las observaciones que procedan.

El fin de estas pruebas es comprobar que no existe enfermedad o deficiencia alguna que pueda suponer incapacidad física o psíquica asociada con la capacidad visual, la capacidad auditiva, el sistema locomotor, el sistema neurológico, dificultades perceptivo-motoras, etc… Es decir, que no se carezca de las condiciones físicas y psicológicas precisas para proporcionar los cuidados necesarios al animal y garantizar su adecuado manejo, mantenimiento y dominio.

No solo las personas propietarias de los perros denominados de esta manera deben tener la licencia, sino también las personas que se encarguen de sacarlos a pasear. Esto significa que, si son varias las personas que suelen salir a la calle con el perro a pasearlo, todas deben obtener el correspondiente permiso y podrían ser multadas en caso de no tenerlo.

No disponer de esta licencia es motivo de sanción económica, que puede llegar a alcanzar los 30.000 euros de multa en caso de sanción grave, aunque generalmente la cantidad final abonada suele rondar los 2.500 euros por animal sin licencia.

Además supone la confiscación del perro.

Actualmente, la legislación contempla como Perro Potencialmente Peligroso a aquellos perros con una gran potencia física y una fuerte mordida, dejando a un lado el carácter agresivo o no del animal.

Cualquier perro puede ser considerado “peligroso” en cuanto a su capacidad de provocar accidentes, mordeduras u otros incidentes. Por lo tanto, debido a las posibles consecuencias que puede tener un ataque de razas muy potentes, existe una reglamentación que hay que seguir para la seguridad ciudadana.

No solo son considerados animales potencialmente peligrosos unas razas concretas sino también los perros con unas características concretas. Además las razas consideradas dependen de cada provincia.

Según el REAL DECRETO 287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos son consideradas perros potencialmente peligrosos las razas (y sus cruces):

Akita Inu

Imagen de un Akita Inu

American Staffordshire

Imagen de un American Staffordshire

Dogo Argentino

Imagen de un Dogo Argentino

Dogo del Tibet

Imagen de un Dogo del Tibet

Fila Brasileño

Imagen de un Fila Brasileño

Pitbull Terrier

Imagen de un Pitbull Terrier

Rottweiler

Imagen de un Rottweiler

Staffordshire Bull Terrier

Imagen de un Staffordshire Bull Terrier

Tosa Inu

Imagen de un Tosa Inu

Y además aquellos animales con las siguientes características morfológicas y de carácter: